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La legislación sobre la incapacidad permanente va a experimentar un gran cambio después de que el Congreso de los Diputados haya aprobado una reforma de ley en la que se elimina como causa automática de extinción de contrato la incapacidad permanente. ¿Qué significa esto? Que se suprime el despido automático en casos de incapacidad permanente y que, a partir de ahora, la decisión dependerá de la voluntad del propio trabajador.
La medida, que ha salido adelante con el apoyo de todos los grupos políticos a excepción de Vox, deberá pasar ahora la reválida del Senado, pero va a suponer un antes y un después para las personas en situación de incapacidad permanente: un avance sin precedentes en los derechos de los trabajadores con discapacidad.
Así, se condiciona la decisión a la voluntad del trabajador. Una vez reconocida la incapacidad permanente, el empleado podrá solicitar, en el plazo de un mes, el mantenimiento de su puesto. La compañía tendrá, desde ese momento, que adaptarlo a nuevas funciones, derivarlo a otro puesto que sí pueda desempeñar o extinguir el contrato si se dan las condiciones requeridas.
En este sentido, la empresa solo podrá proceder con el despido cuando la adopción de las medidas anteriores suponga una carga excesiva para la misma. En este punto, se ha incorporado una enmienda de Podemos en la que se recoge que si el coste de esa adaptación no supera la indemnización que habría que pagar por despedir al trabajador, o el pago de seis meses del salario, la empresa no podrá alegar esa razón como motivo de despido.
Reforma pendiente para guardias civiles, policías y militares discapacitados
En el Congreso, además, se ha aprobado una enmienda que encarga al Gobierno, en el plazo de un año, a que apruebe una ley que permita adaptar los puestos de trabajo de los guardias civiles, policías nacionales y militares de las Fuerzas Armadas con discapacidad.