ESPAÑA
Tribunales

Pumpido fija para la próxima semana el "debate jurídico" sobre la actuación de la Audiencia de Sevilla en el 'caso ERE'

En el orden del día del 8 de abril figura en el Pleno el "planteamiento de cuestiones prejudiciales en la ejecución de sentencias definitivas dictadas por el Tribunal Constitucional u otros tribunales superiores nacionales, con suspensión de la ejecución"

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido.
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido.J.J. GuillénEfe
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El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, ha fijado para el Pleno que comenzará el próximo 8 de abril el "debate jurídico" sobre la actuación de la Audiencia Provincial de Sevilla tras anunciar este órgano que prevé llevar ante la justicia europea el fallo que borró los delitos del caso ERE.

Según informan fuentes jurídicas a EL MUNDO, en el orden del día del próximo Pleno del TC figura como punto la deliberación el "planteamiento de cuestiones prejudiciales en la ejecución de sentencias definitivas dictadas por el Tribunal Constitucional u otros tribunales superiores nacionales, con suspensión de la ejecución". Junto a la discusión sobre el caso de los ERE de Andalucía, el Pleno también abordará la actuación del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que planteó la semana pasada una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en un asunto relacionado con un laudo arbitral donde se encontraba implicada la empresa Cabify.

Asimismo, según consta en el orden del día del Pleno, el debate entre los magistrados de la corte de garantías versará sobre la "relación con el deber de velar por el cumplimiento efectivo de nuestras resoluciones establecido en el artículo 92.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional". Este artículo recoge que el TC «velará por el cumplimiento efectivo de sus resoluciones. Podrá disponer en la sentencia, o en la resolución, o en actos posteriores, quién ha de ejecutarla, las medidas de ejecución necesarias y, en su caso, resolver las incidencias de la ejecución» y que «podrá también declarar la nulidad de cualesquiera resoluciones que contravengan las dictadas en el ejercicio de su jurisdicción, con ocasión de la ejecución de éstas, previa audiencia del Ministerio Fiscal y del órgano que las dictó».

El mismo fue modificado en el año de 2015 por el Gobierno de Mariano Rajoy ante el desafío independentista catalán, pensando en que el Parlament o la Generalitat podían incumplir las resoluciones del TC durante el procés.

Una mayoría de magistrados del Constitucional, tanto conservadores como progresistas, consideran que la doctrina del TJUE a este respecto es «clarísima» y ampara a cualquier juez español que quiera elevar una cuestión prejudicial. Es una actuación que, para pesar de Conde-Pumpido, el TC no puede impedir.

No obstante, hay miembros del tribunal en desacuerdo con los términos empleados por la Audiencia de Sevilla en la providencia donde recabó las alegaciones de las partes personadas en el caso ERE y también con la actuación del TSJM en la causa del laudo arbitral.

Según informan fuentes jurídicas, desde el año 2008, el TJUE ha dictado hasta 16 sentencias donde otorga los jueces europeos amplias facultades para plantear cuestiones prejudiciales. La citada jurisprudencia consolidada establece que la iniciativa de plantear una cuestión prejudicial depende en su totalidad de la apreciación que el órgano jurisdiccional nacional haga sobre la pertinencia y la necesidad de dicha remisión.