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Economía

Declaración de la Renta 2024-2025: los puntos que deberías revisar con cuidado antes de presentarla

El calendario y las novedades de la campaña, las deducciones, las retenciones, las donaciones... Muchos son los elementos a repasar a la hora de ajustar las cuentas con Hacienda. Te contamos 10 cosas que siempre hay que tener en cuenta

Una mujer trabaja en la Agencia Tributaria durante la campaña de la Renta.
Una mujer trabaja en la Agencia Tributaria durante la campaña de la Renta.Carlos LujánEuropa Press
Actualizado

Ahora sí, llega la hora de ajustar cuentas con Hacienda y de hacerse la pregunta de si este año la declaración de la Renta, la del ejercicio 2024, saldrá a pagar o a devolver. Para empezar a hacer cábalas, el contribuyente debe afrontar una serie de puntos a revisar con cuidado para cumplir con esta obligación tributaria anual. A continuación, 10 cosas que hay que tener en cuenta antes de presentar la declaración:

1. Tener el claro el calendario

La Agencia Tributaria ha publicado un calendario de la Renta 2024- 2025, que empieza este miércoles, 2 de abril y finaliza el 30 de junio.

No obstante, hay otras fechas que el contribuyente debe marcar en rojo, especialmente si se solicita que la Agencia Tributaria confeccione la declaración por teléfono o de manera presencial. La declaración de IRPF comienza este miércoles tanto si se hace por internet, a través del programa Renta Web o con la aplicación móvil de la Agencia.

2. Conocer las novedades de la campaña

Muchas dudas se centran cada año en los cambios que se presentan cada campaña. De acuerdo con la Guía de todas las novedades de la Renta 2024 de EL MUNDO, este año hay que prestar atención especial a cuestiones como:

  • Obligados a presentar la declaración. Están obligados a presentar la declaración de la Renta los contribuyentes con rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o de 15.876 euros (el salario mínimo de 2024) con más de un pagador.
  • Reducción para rentas bajas. Se aumenta la reducción por rendimientos del trabajo para ingresos inferiores a 19.747,5 euros, que alcanza los 7.302 euros para quienes perciban el ingreso mínimo de 2024 o menos (14.852 euros) y se va reduciendo progresivamente.
  • Donaciones. aumentan las ventajas fiscales sobre las donaciones: deducción del 80% de los primeros 250 euros donados (antes eran 150). Por encima de esa cantidad, la deducción sube del 35% al 40% y del 40% al 45% si hemos donado a la misma entidad durante varios años seguidos.
  • Bizum. Se permite por primera vez el pago del IRPF con tarjeta de crédito o incluso mediante Bizum.
  • "Autoliquidación rectificativa". En caso de errores en la declaración, el propio contribuyente puede corregirla.
  • Mutualidad de jubilados. Los jubilados que aportaron a las antiguas mutualidades profesionales, ahora pueden solicitar las devoluciones pendientes de forma íntegra a través del correspondiente formulario.

3. Verificar datos personales y familiares

Tras los pasos preliminares llega el momento de solicitar el borrador.

Lo primero es revisar los datos personales, puesto que un error aquí puede derivar futuros problemas. Hay que revisar que datos como el nombre, el DNI o la dirección del contribuyente y de sus familiares son correctos. Toda la información debe revisarse exhaustivamente. Si durante 2024 se ha cambiado de domicilio o estado civil, se han tenido hijos o mayores a su cargo, se debe comprobar que estos datos figuran de forma correcta en el borrador de declaración para evitar pagar más por no aplicar los mínimos o las ventajas fiscales existentes.

4. ¿Declaración individual o conjunta?

Una duda frecuente. Y es que los contribuyentes pueden optar por el tipo de declaración que les resulte más rentable, por ello, antes de enviar el borrador a Hacienda deben contrastar el resultado de una y otra. En función del tipo de familia que se tenga y de las características de ésta conviene más hacer una u otra declaración [Declaración de la renta individual o conjunta, ¿cuál me conviene más?]

5. Rendimientos de trabajo

Se debe reunir todos los certificados de ingresos, tales como nóminas, pensiones o prestaciones por desempleo. Y comprobar que las retenciones practicadas por el empleador o pagador. Asimismo, se tiene que recopilar la documentación de los gastos deducibles (cuotas a ONG o sindicatos, defensa jurídica...).

6. Rendimientos del Capital Mobiliario e Inmobiliario

Hay que declarar los rendimientos financieros como dividendo de acciones o los intereses de la cuenta bancaria. También hay que declarar los ingresos y gastos deducibles en caso de tener inmuebles alquilados o las ganancias o pérdidas patrimoniales generados por la venta de inmuebles.

Es conveniente verificar que los rendimientos de los inmuebles declarados se imputan de forma correcta, en especial el porcentaje de titularidad en el caso de bienes gananciales.

7. Ganancias y pérdidas patrimoniales

También debe quedar constancia de la venta de acciones u otros activos financieros como fondos de inversión. Lo mismo ocurre con las subvenciones y ayudas públicas recibidas a lo largo de 2024.

8. Deducciones y Reducciones

Los contribuyentes tienen en determinados casos derecho a aplicar las deducciones autonómicas establecidas en la comunidad autónoma en la que se reside habitualmente. Hay un catálogo extenso de deducciones que cada año pasa desapercibido para muchos contribuyentes y que puede ayudar a que la declaración salga a devolver [Estas son las deducciones para pagar menos en cada comunidad autónoma en la Renta 2024 - 2025]

En algunos casos se trata de deducciones de carácter familiar (por familia numerosa, por familia monoparental, por nacimiento) o por una serie de gastos (por ejemplo, alquiler de vivienda, ayuda doméstica, gastos educativos, libros de texto, guardería, gastos médicos, recursos energéticos renovables, dispositivos de ahorro de agua, vehículos eléctricos o donativos, etc.).

También hay deducciones en la vivienda habitual si ésta se compró antes de 2013 o en los planes de pensiones (las aportaciones reducen la base imponible).

9. Revisa todo el borrador

Nunca hay que dar por sentado que el borrador de la declaración de la Renta esbozado por la Agencia Tributaria es correcto. Toca revisar de forma exhaustiva cada uno de los campos del documento.

10. Datos fiscales

Consulta los datos fiscales en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.